Delitos Económicos y Patrimoniales

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Estos tipos de delitos, la modalidad de acción del sujeto activo está caracterizada por el fraude y el engaño. En los delitos económicos lo fundamental es el engaño, sea ocupando el papel principal de la acción, como ocurre en la estafa o bien siendo algo derivado de la acción y no esencial a ella, como ocurre en la apropiación indebida. Son sancionados con penas que van desde una simple multa (como ocurre con algunos ilícitos que atentan contra la propiedad intelectual) hasta penas que consisten en 15 años de privación de libertad (en delitos como el de quiebra fraudulenta).

 

Los delitos económicos también conocidos como “delitos de cuello y corbata” son todas aquellas conductas ilícitas cometidas por personas naturales, personalmente o a través de personas jurídicas, que afectan el patrimonio de una o más víctimas, el sistema financiero o el mercado en general.

El ámbito que abarcan estos delitos es bastante amplio, comprendiendo desde simples estafas hasta complejos ilícitos financieros, aduaneros o tributarios. Así, los tipos penales considerados “delitos económicos” son aproximadamente 250, figuras que son sancionadas con penas que van desde una simple multa (como ocurre con algunos ilícitos que atentan contra la propiedad intelectual) hasta penas que consisten en 15 años de privación de libertad (en delitos como el de quiebra fraudulenta).

Delitos

  • Delitos Tributarios
  • Comercio clandestino

Delitos Aduaneros

  • Contrabando

Delitos contra la Propiedad Intelectual

  • Piratería.
  • Fraudes
  • Uso Indebido de tarjetas de crédito.
  • Phishing
  • Pharming

Delitos Informáticos

  • Sabotaje
  • Espionaje Industrial.

Como se define en doctrina los delitos económicos, patrimoniales o de apoderamiento, la conducta del agente tiene injerencia en el patrimonio ajeno. En esta materia la modalidad de acción del sujeto activo está caracterizada por el fraude y el engaño. En los delitos económicos lo fundamental es el engaño, sea ocupando el papel rector de la acción, como ocurre en la estafa o bien siendo algo derivado de la acción y no esencial a ella, como ocurre en la apropiación indebida.

Fuente: Fiscalía de Chile.